El 26 de noviembre de 2021, el Grupo Asesor Técnico de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la evolución del virus del SARS-CoV-2 anunció que la variante B.1.1.529 (Omicron) del SARS-CoV-2, el virus que causa la enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19), constituye una variante preocupante. La OMS informó además que el número de casos de esta variante parecía estar aumentando en casi todas las provincias de la República de Sudáfrica. El mismo día que la OMS clasificó la variante Omicron como una variante de preocupación, y con base en la recomendación de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), dentro del Departamento de Salud y Servicios Humanos, emití la Proclamación 10315 del 26 de noviembre. , 2021 (Suspensión de la entrada como inmigrantes y no inmigrantes de ciertas personas adicionales que presentan un riesgo de transmitir la enfermedad por coronavirus 2019). Esa proclamación en general suspendió y restringió la entrada a los Estados Unidos de no ciudadanos de los Estados Unidos (“no ciudadanos”) que estaban físicamente presentes en la República de Botswana, el Reino de Eswatini, el Reino de Lesotho, la República de Malawi, la República de Mozambique, la República de Namibia, la República de Sudáfrica y la República de Zimbabwe durante el período de 14 días anterior a su entrada o intento de entrada en los Estados Unidos. Tomé esa acción para frenar la propagación de la variante Omicron en los Estados Unidos y permitir que Estados Unidos implemente medidas de mitigación apropiadas mientras surgía nueva información sobre la variante.
Habiendo aprendido más sobre la variante Omicron en las últimas semanas, los CDC ahora recomiendan levantar las restricciones de viaje impuestas en la Proclamación 10315. Desde que emití esa proclamación, los funcionarios de salud de nuestra nación, en colaboración con los científicos sudafricanos que informaron originalmente la variante, han logrado avances sustanciales en la comprensión de la variante Omicron. Es importante destacar que los expertos científicos han determinado que las personas vacunadas contra COVID-19 están protegidas contra la enfermedad grave y la hospitalización de la variante Omicron. Además, la variante Omicron ahora se ha extendido a más de 100 países y prevalece en los Estados Unidos. Al mismo tiempo, mi Administración ha hecho que los viajes internacionales a los Estados Unidos desde todos los países sean más seguros desde que emití la Proclamación 10315. En particular, el CDC ha acortado el plazo para las pruebas de COVID-19 antes de la salida requeridas para los viajeros completamente vacunados de no más de 3 días antes del viaje a no más de 1 día. Como resultado, los viajeros aéreos internacionales a los Estados Unidos de todos los países, independientemente de su ciudadanía o estado de vacunación, deben tomar una prueba de COVID-19 dentro de 1 día de la salida y mostrar un resultado negativo antes de abordar un vuelo a los Estados Unidos. Ese requisito ha fortalecido los ya estrictos protocolos de viaje internacionales que mi Administración ha impuesto, incluidos los requisitos para que los no ciudadanos estén completamente vacunados, sujeto a excepciones limitadas, y para que los viajeros usen máscaras en los medios de transporte comerciales y en los centros de transporte de los Estados Unidos.
A la luz de estas circunstancias cambiantes, y con base en la recomendación de los CDC, he determinado que a los Estados Unidos les conviene revocar la Proclamación 10315. Las restricciones de viaje impuestas por esa proclamación ya no son necesarias para proteger la salud pública .
AHORA, POR LO TANTO, yo, JOSEPH R. BIDEN JR., Presidente de los Estados Unidos, por la autoridad que me confieren la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluidas las secciones 212 (f) y 215 (a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, 8 USC 1182 (f) y 1185 (a), por la presente determina que, excepto según lo dispuesto en la Proclamación 10294 del 25 de octubre de 2021 (Avanzando en la reanudación segura de los viajes globales durante la pandemia de COVID-19), o cualquier otra proclamación aplicable, la entrada sin restricciones a los Estados Unidos de las personas descritas en la sección 1 de la Proclamación 10315 ya no es perjudicial para los intereses de los Estados Unidos. Por tanto, por la presente proclamo lo siguiente:
Sección 1. Revocación. Se revoca la Proclamación 10315.
Segundo. 2. Revisión de las acciones de la agencia. El Secretario de Estado, el Secretario de Transporte y el Secretario de Seguridad Nacional revisarán cualquier reglamento, orden, documento de orientación, política y cualquier otra acción de agencia similar desarrollada de conformidad con la Proclamación 10315 y, según corresponda, considerará revisar o revocar estos acciones de la agencia consistentes con la política establecida en esta proclamación.
Segundo. 3. Fecha de vigencia. Esta proclamación entra en vigencia a las 12:01 am, hora estándar del este, el 31 de diciembre de 2021.
Segundo. 4. Disposiciones generales. (a) Nada en esta proclamación se interpretará en el sentido de menoscabar o afectar de otra manera:
(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al titular de la misma; o
(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.
(b) Esta proclamación se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.
(c) Esta proclamación no tiene la intención de crear, ni crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por cualquier parte contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados. , agentes o cualquier otra persona.
EN FE DE LO CUAL, firmo la presente este día veintiocho de diciembre, año de Nuestro Señor dos mil veintiuno, y de la Independencia de los Estados Unidos de América el doscientos cuarenta y seis.
JOSEPH R. BIDEN JR.