Producir y/o comercializar un mínimo de 30% del total de las viviendas construidas bajo este programa como vivienda incluyente que incluirá obligatoramiente vivienda asequible para las familias que habitan el predio al momento del inicio del proyecto de construcción;
La vivienda incluyente se distribuirá de la siguiente forma:
Al menos el 40% del total tendra un precio máximo de 8,581 UMAs por vivienda y 171.62 UMAs por metro cuadrado habitable.
Un máximo de 17% de viviendas contará con un precio máximo de 13,308 UMAs y 221.72 UMAs por metro cuadrado habitable.
El porcentaje restante no podrá comercializarse a un precio superior a las 6,865 UMAs y 171.62 UMAs por metro cuadrado habitable.
En todos los casos el precio máximo ponderado del metro cuadrado habitable no podrá ser superior a 188 UMAs.
Te presentamos el portal para conocer las características, criterios y reglas de operación de las viviendas del Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente. https://t.co/XR21koetR4 pic.twitter.com/LpSG6CMw7F
— SEDUVI CDMX (@seduviCDMX) November 14, 2019